viernes 29 de marzo de 2024 - Edición Nº1941

Provincia | 17 dic 2022

Seguridad Vial

Alcohol Cero al volante: ya es ley en la provincia de Buenos Aires

La Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionó la ley de “Alcohol en Cero” al volante con el impulso del Ministro de Transporte bonaerense, Jorge D´onofrio. Empezaría a regir a partir del 2023. En “Avellaneda Hoy”, te contamos cuáles son las sanciones.


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Por: Franco Scrofani

La “tolerancia cero” a la hora de conducir un vehículo empezó a hacerse realidad con la modificación del Código de Tránsito Bonaerense. En consonancia, la Cámara Baja Provincial, a través de sus redes sociales, informó que “se aprobó el proyecto que modifica la Ley 13.927 estableciendo la prohibición de conducir para quienes registren un nivel de alcoholemia superior a 0”. De esta forma, se prohíbe la mínima ingesta de alcohol para conducir cualquier vehículo motorizado en cada jurisdicción del territorio bonaerense. 

En efecto, surge una transición en el tope de tolerancia de 0,5 gramos (500 miligramos) de alcohol en sangre a 0. 

Luego de la aprobación en la Cámara de Diputados Provincial, la normativa empezará a regir con el rigor de la ley a partir del 2023 con penalidades leves en el primer año de aplicación en el marco de un período de transición. En consecuencia, desde la cartera de Transporte bonaerense indicaron que “durante el primer año de vigencia de la ley, los conductores que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre serán sancionados únicamente con la asistencia y la aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública”.

Las y los conductores que incurran por primera vez el límite de hasta 499 mg de alcohol en sangre en “cualquier tipo de vehículo” correrá el mismo criterio de capacitación y cursos especiales.

En sintonía con la nueva normativa y luego de cumplirse un año del inicio de la ley y atravesado ya el período de transición, las penalidades para quienes conduzcan cualquier tipo de vehículo motorizado con niveles superiores a 0 en alcohol en sangre serán las siguientes:

- Hasta 499 mg de alcohol en sangre: 3 meses de inhabilitación para manejar.

- Entre 500 y 999 mg de alcohol en sangre: 6 meses de inhabilitación para conducir.

- Entre 1000 y 1500 mg de alcohol en sangre: 18 meses de inhabilitación para manejar.

- Dosis superiores a 1500 mg de alcohol en sangre: no podrán conducir por el lapso de 18 meses.

Cabe resaltar que a pesar de la retención de la licencia se prevén multas de hasta 180.000 pesos, arresto y obligatoriedad de asistir a cursos especiales de educación y capacitación para el adecuado y responsable uso de la vía pública.

Otro detalle importante para entender la sanción de la nueva ley es que llegado al caso de la realización del test de alcoholemia y una posible negación del conductor a ser evaluado, el mismo será considerado “positivo”:

En conclusión, la Provincia de Buenos Aires forma parte de otras 11 jurisdicciones que no toleran ni permiten el registro de ni siquiera una sola gota de alcohol en sangre al volante. Córdoba, Entre Ríos, Salta, Jujuy, Río Negro, La Rioja, Santa Cruz, Chaco, Tucumán, Chubut, Tierra del Fuego son las otras 11 provincias en donde se aplica la novedosa y responsable normativa de “Alcohol Cero al volante”. 

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